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QUINTANA ROO

CUANDO LA JUSTICIA FABRICA CULPABLES

julio 9, 2026
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  • AGKD, la testigo de la Fiscalía que derrumbó la acusación contra Isidro Santamaría.

Por Redacción

Cuando una Fiscalía decide desempolvar un expediente del 2018, para “fabricar” una testigo y ampliar dicho expediente con falsedades y tortura a su testigo, es porque el objetivo no es hacer justicia.

Con pruebas falsas, desmentidos, denuncias por tortura e irregularidades en la carpeta 060/225 que dio origen a la orden de aprehensión en contra del dirigente cetemista Isidro Santamaría Casanova y hay violaciones sistemáticas al debido proceso, se puede sostener que la Fiscalía no busca un asesino, sino fabricar culpables.

Después de 7 años del asesinato del joven, Luis Fernando Peón Cardín, quien apareció muerto a orillas de la carretera por el hotel Moon Palace, el 17 de julio de 2018, la Fiscalía citó el 27 de julio de 2025 a la joven Ana “N”, ex empleada de limpieza de la CTM, para forzarla y “tortularla” para incriminar a su jefe, Isidro Santamaría, como testigo de haber visto y escuchado que este ordenó un asesinato.

El fiscal incluso desobedeció un amparo, una orden de un juez de entregar la carpeta del caso al imputado.
El fiscal tampoco se presentó a dos audiencias requeridas por el poder judicial, a la que Isidro Santamaria acudió personalmente antes de ser detenido, como una muestra de abuso de poder, cinismo y burla.

La verdad estuvo en el banquillo

Cuando la única testigo en la que una Fiscalía sostiene una acusación comparece ante un juez para afirmar que nunca declaró lo que aparece asentado en el expediente, el problema deja de ser exclusivamente penal. Se convierte en un asunto de interés público.

Porque entonces ya no sólo está en juego la situación jurídica del acusado. Lo que entra en crisis es la credibilidad de quienes investigan los delitos y de quienes tienen la responsabilidad constitucional de impartir justicia.

Eso ocurrió durante la audiencia de vinculación a proceso del dirigente cetemista Isidro Santamaría Casanova, acusado por la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo de ser presunto inductor del homicidio de Luis Fernando Peón Cardín, ocurrido el 17 de julio de 2018.

Siete años después del crimen, la investigación dio un giro inesperado. La Fiscalía incorporó como testigo a una ex trabajadora de intendencia de la CTM, identificada con las iniciales AGKD, cuya declaración se convirtió en el eje de la imputación.

Sin embargo, durante la audiencia, la propia testigo de la Fiscalía, negó haber realizado las afirmaciones que el Ministerio Público le atribuyó en la carpeta de investigación.

Frente al juez sostuvo que nunca escuchó una orden para cometer el homicidio; que jamás estuvo en la oficina donde supuestamente ocurrió la conversación descrita por la Fiscalía; que la narrativa asentada en su declaración no corresponde a sus palabras y que fue presionada para firmar un documento cuyo contenido, según afirmó, ni siquiera le permitieron leer.
AGKD denunció que durante varias horas permaneció incomunicada, sin acceso a alimentos ni agua, mientras era interrogada por el fiscal encargado de la investigación.

Posteriormente presentó una denuncia por actos de tortura en su contra y coacción para obtener esa declaración.

La pregunta ya no es solamente qué ocurrió con un expediente, es qué ocurre cuando la propia testigo sobre la que descansa una acusación afirma, frente al juez, que nunca dijo aquello por lo que otra persona terminó en prisión.

A partir de ese momento, el debate deja de girar exclusivamente alrededor de Isidro Santamaría.Empieza a girar alrededor de la justicia.

CUANDO UNA INVESTIGACIÓN EMPIEZA A DESMORONARSE

La defensa sostiene que las irregularidades no comenzaron con la detención de Isidro Santamaría, sino mucho antes.

Cuando finalmente tuvo acceso al expediente, aseguró haber recibido una carpeta incompleta, rasurada, sin foliado continuo y con múltiples inconsistencias procesales que, a su juicio, comprometían el derecho a una defensa adecuada.

Pero el momento más delicado llegó durante la audiencia de vinculación a proceso.

La Fiscalía construyó la imputación alrededor del testimonio de una testigo identificada con las iniciales AGKD, quien presuntamente habría escuchado a Isidro Santamaría ordenar el homicidio de Luis Fernando Peón Cardín.

Sin embargo, frente al juez, la propia testigo negó haber realizado esas afirmaciones.

Declaró que nunca escuchó una orden para matar a nadie, que nunca estuvo presente en la oficina donde supuestamente ocurrió esa conversación y que la narrativa atribuida a su declaración no correspondía a sus palabras.

También afirmó que fue presionada para firmar un documento cuyo contenido no le permitieron leer y que el fiscal insistía en que necesitaba su ayuda para «cerrar el caso».

Tras la audiencia, la mujer presentó una denuncia contra el fiscal responsable de la investigación, en la que lo acusa de haberla coaccionado durante su declaración
A pesar de ese desmentido, el juez resolvió vincular a proceso a Isidro Santamaría e imponerle la medida cautelar de prisión preventiva.

Esa decisión no sólo mantuvo abierto el proceso penal.

También dejó una pregunta que difícilmente puede ignorarse:
¿Qué peso debe tener, dentro de una investigación, el hecho de que la propia testigo en la que descansa la imputación niegue, ante el juez, haber dicho lo que aparece asentado en la carpeta?

Ésa es la interrogante que trasciende este caso.

Porque si una investigación enfrenta contradicciones de esa magnitud, corresponde a las autoridades explicarlas con absoluta claridad. La confianza en la procuración y administración de justicia depende, precisamente, de que toda actuación pueda resistir el escrutinio público y judicial.

CUANDO EL PODER SE EQUIVOCA

Han transcurrido ocho años desde el homicidio de Luis Fernando Peón Cardín.

Su familia sigue esperando una respuesta definitiva. La sociedad también.

Pero el expediente ha terminado generando otra pregunta, igual de inquietante:

¿la investigación ha estado dirigida a descubrir quién cometió el crimen o a sostener una teoría de responsabilidad contra una persona determinada?

Ésa es la duda que las autoridades tienen la obligación de despejar.

Cuando una investigación acumula cuestionamientos y una testigo comparece para negar la versión que se le atribuye, persisten dudas sobre la solidez del proceso y lo que está en juego ya no es únicamente el destino de un imputado., sino la confianza de los ciudadanos en la justicia.

En este manoseado caso quedan preguntar sin resolver que deberían preocupar a cualquier ciudadano:

¿Qué ocurre cuando las instituciones encargadas de proteger nuestros derechos son, al mismo tiempo, las que generan las mayores dudas sobre el respeto al debido proceso?

¿Qué mecanismos existen para impedir que una Fiscalía construya una acusación a partir de una testigo que desmiente su versión?

¿Puede una investigación concentrarse durante años en construir una teoría contra un presunto “inductor” mientras permanece sin respuesta quien mató realmente a la víctima?

“El problema no es Isidro Santamaría, el problema es qué ocurre cuando una Fiscalía y un juez pueden privar de su libertad a una persona a partir de una acusación cuestionada por la propia testigo en audiencia.

Es imposible no cuestionar el debido proceso, la presunción de inocencia, el abuso de poder y la calidad de la justicia que reciben los ciudadanos.

Esta columna no pretende absolver, ni condenar a nadie.

Lo que cuestiona son las actuaciones de las autoridades encargadas de procurar e impartir justicia.

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TAGGED: agkd, ctm, fiscalia, isidrosantamaríacasanova, justicia, quintanaroo, santamaria
Editor Punta Sur julio 9, 2026
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