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Conoce qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el paro nacional de mujeres el 9 de marzo.
Este jueves 9 de marzo se realiza el paro nacional, Un Día Sin Mujeres, el cual busca que las mujeres no asistan a sus actividades laborales o escolares en respuesta a la ola de feminicidios en el país y la búsqueda de reivindicar los derechos de las mujeres.
De acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, el patrón puede rescindir el contrato sin incurrir en responsabilidad, es decir, te puede despedir de forma justificada, cuando un trabajador acumula tres faltas sin permiso o sin causa justificada en un periodo de 30 días.
Por lo tanto, un patrón no puede despedir a una empleada que participe en el paro nacional Un Día Sin Mujeres, siempre y cuando no tenga dos o más faltas en menos del periodo de 30 días.
Aunque las empresas se sumen a la iniciativa de Un Día Sin Mujeres, se recomienda avisar a tu jefe o institución en la que trabajas que no te presentarás el 9 de marzo para unirte al paro Un Día Sin Mujeres 2023.
Si la empresa donde trabajas no está de acuerdo, solo lo tomará como una falta injustificada, el cuál no es motivo de despido.
Según la Ley Federal del Trabajo, no acudir al trabajo este 9 de marzo sí puede considerarse como una falta injustificada, por lo tanto se puede descontar del salario de un trabajo bajo los términos de la ley.
Afortunadamente, varias empresas han tomado la decisión de no tomar medidas que puedan afectar el salario de las mujeres que decidan unirse al paro nacional Un Día Sin Mujeres.
Sin embargo, es necesario recordar que este jueves 9 de marzo no es un día de asueto, por lo tanto, las empresas no están obligadas a pagar el salario completo, en caso de que se desee faltar.